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LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE JUJUY REFUERZA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS A 10 AÑOS DE LA MEDIACIÓN COMUNITARIA

Desde las instalaciones de la Defensoría del Pueblo de Jujuy, ubicadas en Arenales 1219, el titular del Departamento de Mediación Comunitaria, Dr. Pablo Zurueta, dialogó en una entrevista exclusiva para repasar el camino recorrido y anunciar las claves del Plan Provincial de Implementación de la Ley de Mediación N° 6353.

El funcionario remarcó la importancia estratégica de consolidar este método alternativo de resolución de disputas, el cual permite abordar de forma ágil, gratuita y confidencial los problemas cotidianos de la ciudadanía, evitando que escalen a instancias judiciales tradicionales.

De cara al futuro, el plan busca llevar herramientas lúdicas y espacios de diálogo tanto a los barrios de la capital como a diferentes localidades del interior provincial. Para conocer cómo acceder a estas audiencias gratuitas o asesorarte sobre cómo resolver un conflicto vecinal, te invitamos a acercarte a la sede central del organismo.

Durante la entrevista con los medios, el Dr. Pablo Zurueta celebró el décimo aniversario de la creación del área dentro del organismo, destacando el impacto positivo que el diálogo guiado por profesionales tiene en la convivencia ciudadana. El titular del departamento detalló que el Plan Provincial de Implementación de la Ley de Mediación N° 6353 representa un salto cualitativo e institucional para Jujuy, al dotar de un marco normativo robusto que fortalece las habilidades de los mediadores y promueve un trabajo coordinado e interinstitucional. A través de este despliegue, la Defensoría no solo busca intervenir ante problemáticas ya consolidadas —como contratos de alquiler, filtraciones o ruidos molestos—, sino también desplegar talleres de prevención y dinámicas participativas en escuelas y centros vecinales del interior para consolidar una auténtica cultura de la paz en la provincia.

El material audiovisual disponible en ZETA TV contiene las declaraciones en primera persona del funcionario, lo que permite verificar la precisión técnica sobre el alcance social de la Ley N° 6353 y el balance histórico de la institución.

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