ARCA definió qué productos no se pueden traer del exterior
Cuando los viajeros regresan al país luego de un viaje al exterior, es importante tener en cuenta que no todos los productos adquiridos pueden ser ingresados a la Argentina.

La Aduana inspeccionará cada caso y, conforme al Régimen de Equipaje, hay ciertos bienes que están prohibidos. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) proporciona una lista detallada de estos productos, los cuales no podrán ser ingresados a territorio argentino.
¿Cuáles son los productos prohibidos por la ARCA?
Según la información publicada en el portal de ARCA, estos son los productos que no se pueden ingresar al país:
- Material arqueológico y cultural
- Mercadería destinada a fines comerciales o industriales
- Estupefacientes
- Armas y explosivos, salvo que se cuente con la debida autorización de la ANMAC (Administración Nacional de Materiales Controlados).
Además, hay otros bienes que no pueden ser ingresados, tales como:
- Mercaderías no relacionadas con equipaje personal.
- Artículos inflamables.
- Mercaderías cuya importación esté prohibida por razones de seguridad pública, defensa nacional, salud pública, y sanidad animal y vegetal.
- Bienes sujetos a restricciones no económicas.
Es importante recordar que los productos que forman parte del equipaje y que requieren control sanitario solo podrán ser liberados si se cuenta con la autorización del organismo competente.
¿Qué productos se pueden ingresar sin pagar impuestos?
Si bien existen ciertas restricciones, también hay bienes que los viajeros pueden ingresar a la Argentina sin la obligación de abonar aranceles. Estos son algunos ejemplos:
- Ropa y objetos de uso personal usados, como prendas de vestir, calzado, y otros artículos personales.
- Equipos electrónicos personales como computadoras portátiles, notebooks o tablets, siempre que no necesiten una fuente externa de energía para su funcionamiento.
- Teléfonos celulares, siempre que sean de uso personal y no tengan fines comerciales.
- Libros y periódicos para uso exclusivo del viajero.
- También están exentos del pago de tributos los artículos que se hayan declarado al salir del país, siempre que sean objetos de uso personal y no tengan fines comerciales.