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REFORMA LABORAL: Fin del juicio laboral, perdón de sanciones a empleadores y extensión del período de prueba

La reglamentación de la reforma laboral llega para cambiar varios puntos de la relación trabajador-empleador. Un especialista explica los principales puntos de la reforma.

José Romano, director de Fiscalización de la Secretaría de Trabajo y Empleo de Jujuy explicó los principales puntos de la reglamentación de la reforma laboral publicado el pasado jueves en Boletín Oficial de Nación.

Romano indicó que desde su sanción la Ley Bases modificó artículos de la ley 20.744 -Ley Contrato de Trabajo (LCT)- y de la Ley 24.013 de Protección de Trabajo. El decreto 847/2024 publicado el pasado jueves viene a reglamentar esos cambios introducidos por la Ley Bases.

El primer punto desarrollado por Romano refiere a la indemnización. “El decreto 847 viene a reformular las formas de indemnización. Ahora las partes podrán elegir entre el sistema actual que prevé el pago de un salario por cada año de servicio o el modelo UOCRA mara mediante el cual el empleador le retiene al trabajador el 8% del salario para luego entregarle el acumulado al momento del cese laboral”, sostuvo.

Según Romano, esta es una reforma que viene a acabar con los juicios laborales dado que al momento de la finalización de la relación laboral el trabajador se lleva lo acumulado, y no hay disputa por cifras como en los juicios por indemnización.

Otro punto novedoso del decreto es la ampliación del periodo de prueba. “Si bien la Ley Bases ampliaba el periodo de prueba de 3 a 6 meses, el decreto autoriza ampliarlo hasta 8 o 12 meses”, expuso.

Por último, Romano señaló la intención del decreto 847 de regularizar las relaciones laborales mediante el “blanqueo laboral”. De esta forma, se perdonará a los empleadores una parte significativa de las deudas que tienen con el Estado por no haber pagado los aportes correspondientes.

En el caso de las empresas pequeñas y las organizaciones sin fines de lucro recibirán un perdón del 90%, las medianas del 80%, y las grandes del 70%.
Si bien el decreto fue publicado, Romano aclaró que para su plena operativización es necesario previamente la creación de Convenios Colectivos de Trabajo que acuerden dichos puntos, caso contrario las relaciones laborales se seguirán rigiendo con las normas vigentes hasta la sanción de la reglamentación.

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